BRS es una institución bancaria regulada y controlada por el International Financial Services Regulatory Commission (FSRC), establecida desde 1996 en la ciudad de St. John's, Antigua, British West Indies., país que forma parte de la Comunidad de Naciones Británicas.
Este cuerpo supervisor ha creado una ley llamada IBC ACT (International Business Corporation Act, IBC act) en año 1982 y actualizada posteriormente, la cual es la guía de todas las corporaciones internacionales de esta jurisdicción.
Esta ley establece que toda institución como la nuestra ha de ser sometida a una inspección, al menos una vez al año, en su oficina principal o sede, y en cualquier otra oficina que la comisión considere apropiada, para asegurar que las mismas cumplen con las leyes y regulaciones de la prevención de lavado de dinero y los requerimientos de la ley de IBC.
BRS ha cumplido con todos los requerimientos que la legislación de Antigua y Barbuda ha determinado desde su fundación en 1996 y tiene sus oficinas permanentes en la ciudad de Saint John's, con personal residente en el lugar, manteniendo toda la documentación e información necesaria que sustentan las actividades del banco, su estado financiero y solvencia, así como información de sus transacciones e inversiones.
En el año 2000, la Financial Action Task Force (FATF), establecida por el G8 como una entidad auxiliar de la Organization for Cooperation in Economic Development (OECD) destacó la cooperación de Antigua y Barbuda en la prevención del lavado de dinero, por cumplir con las normas internacionales.
Conjuntamente con FSRC, trabaja otra oficina llamada Office of National Drug Control and Money Laundering Policy (ONDCP) la cual también ha emitido las pautas de control y prevención que las instituciones financieras deben cumplir respetando la ley de prevención del lavado del dinero (Money Laundering Prevention Act, MLP Act) y las recomendaciones contenidas en las pautas de lavado de dinero (Money Laundering Guidelines)
Actualmente en el Siglo XXl contar con una extensa historia de compromiso, tradición y solidez, nos permite estar a la vanguardia dentro de la industria y cumplir con las expectativas de ahorro e inversión de todos nuestros clientes.
BRS toma las medidas razonables para asegurar que no se le provea servicios a bancos pantalla (shell), de acuerdo con los requisitos del Patriot Act del año 2001. Esto es, no proveer ningún servicio bancario a ningún banco fuera de los Estados Unidos que no tenga un lugar de negocios respaldado por un banco extranjero en una dirección fija, y no solamente una dirección electrónica, en un país en donde el banco extranjero está autorizado a realizar actividades bancarias, en cuya localidad el banco extranjero:
Gracias a nuestro programa de "Conocimiento del Cliente" nuestra institución confirma la identidad de cada cliente, los beneficiarios, incluyendo las actividades de negocios y la fuente de sus fondos, por lo cual nuestro banco tiene deberes especiales de diligencia debida de reportar cualquier actividad sospechosa en cualquiera de sus cuentas.
La regla general es que no se abren cuentas relacionadas con personas públicas y de alto riesgo. Como apoyo a esta política, nuestra institución ha implementado un sistema informítico de detección de operaciones inusuales.
BRS, cumpliendo con las normas legales emanadas de las autoridades, ha comenzado el monitoreo de todas las transacciones que se procesan a través de sus sistemas. El objetivo de este monitoreo es comprender cuáles y de qué tipo son las transacciones normales del cliente, creando un perfil para cada uno de ellos en función de su actividad econímica, su principal fuente de ingresos y el comportamiento transaccional esperado, se monitorean las transacciones y se las compara con el perfil histírico y con perfiles similares; a partir de aquí se detectan aquellas transacciones "inusuales" en su comportamiento.
Con el fin de cumplir cabalmente con este requisito, la Institución ha adquirido y puesto en funcionamiento un software de monitoreo de operaciones, el cual cuenta con funciones que permiten generar consultas con cualquier dato de la base de conocimiento del cliente. Datos estadísticos u operaciones, situación patrimonial, nóminas de accionistas, directores, firmantes, referencias comerciales, etc.
Amparado por las leyes que regulan la gestión de los bancos en Antigua y Barbuda, nuestro banco no brinda ninguna información acerca de las cuentas de nuestros clientes.
La única autoridad para levantar el secreto bancario es la Corte de Antigua, la cual podría solicitarlo si el cliente estuviera siendo investigado por acciones delictivas relacionadas con el lavado de dinero o financiación del terrorismo, tal cual está indicado en el MLP Act.
En otras palabras, la privacidad de la información bancaria de nuestros clientes está asegurada, a no ser que pueda establecerse, en la corte de la jurisdicción competente, que un crimen ha sido cometido.
BRS BANQUE ha asumido el compromiso de cumplir, en todos los países en los que opera, con las exigencias establecidas en la Ley aprobada por el Gobierno de Estados Unidos denominada Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA), la cual está vigente desde el 1 de Julio de 2014.
BRS BANQUE se ha registrado como "Participant Foreign Financial Institution" (PFFI), siendo identificada con el Global Intermediary Identification Number (GIIN):
YP2AUB.99999.SL.028.
Con la finalidad de cumplir con nuestras responsabilidades en relación a la ley FATCA, BRS BANQUE ha establecido nuevos procedimientos que solamente afectarán a los clientes individuos y/o empresas que sean considerados "Persona estadounidense" a los efectos fiscales de los Estados Unidos de América.
Para mayor información sobre FATCA y su implicancia, recomendamos visitar el sitio web de Internal Revenue Services de EEUU (www.irs.gov) o contactar un especialista en derecho tributario.